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CONCORDANO, BEATRIZ MAGDALENA Y OTROS c/ COMUNA DE ANGELICA -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ MEDIDA CAUTELAR

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo N° 1 hizo lugar a la medida cautelar solicitada, suspendiendo los efectos de las ordenanzas que incrementaron la tasa inmobiliaria en un 1127,75 %, por considerar que se vulneró el principio de legalidad tributaria y hubo desviación de poder.

Recurso de apelacion Derecho de propiedad Medida cautelar Proporcionalidad Procedimiento administrativo Desviacion de poder Legalidad tributaria Confiscatoriedad Ordenanza tributaria Incremento de tasas inmobiliarias


- Quién demanda: Beatriz Magdalena Concordano, Eva Norma Concordano y Marta Emilia Concordano

¿A quién se demanda?

Comuna de Angélica

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La anulación del incremento "antijurídico, arbitrario, inconstitucional, sorpresivo, confiscatorio, desproporcionado y exorbitante" de la tasa general de inmueble y la suspensión de las ordenanzas 651/22 y 661/22; además, que se liquide el tributo conforme los parámetros establecidos en los códigos y leyes impositivas aplicables.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la medida cautelar y ordenó suspender los efectos de las ordenanzas impugnadas, además de que la demandada constituya contracautela. La fundamentación principal se basa en que no existió respuesta de la Municipalidad a la solicitud de la medida cautelar, y que la suspensión de la norma legal y el incremento desproporcionado vulneran el principio de legalidad tributaria. La sentencia destaca que la ordenanza 651/22 suspendió la aplicación del artículo 72 del Código Fiscal y que las ordenanzas impugnadas fijaron sobretasas excesivas sin fundamentación, apartándose de la normativa provincial y nacional. Se señala además que la Administración comunal no puede apartarse de las bases imponibles fijadas por la ley, y que la omisión de contestar el pedido cautelar vulnera principios procesales y de lealtad. La decisión se fundamenta en que la mera existencia del incremento y la suspensión de la aplicación de normas del Código Fiscal sin la debida fundamentación legal constituye un riesgo en el patrimonio de los actores, y que la medida cautelar es procedente para evitar un daño irreparable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La falta de respuesta de la Municipalidad, la vulneración del principio de legalidad tributaria por apartarse de las bases imponibles establecidas por la ley y la existencia de un incremento confiscatorio y arbitrario justifican la adopción de la medida cautelar. La jurisprudencia citada respalda la procedencia de medidas similares en casos de desvío de poder y violaciones al principio de legalidad tributaria.

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