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SENN, ROLANDO ANTONIO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS AQUINO, RODRIGO MIGUEL; SENN, ROLANDO ANTONIO s/ ABIGEATO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Provincial rechaza la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que confirmó la denegatoria de la suspensión del juicio a prueba al imputado Rolando Antonio Senn, argumentando que el planteo no constituye cuestión constitucional sino disenso en interpretación legal.

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- Quién demanda: Defensa de Rolando Antonio Senn

¿A quién se demanda?

Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La apertura de la vía extraordinaria por la denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una resolución que confirmó la denegatoria de la suspensión del juicio a prueba.

¿Qué se resolvió?

La Corte rechaza la queja, argumentando que los planteos de la defensa no constituyen cuestión constitucional, sino desacuerdo con la interpretación judicial de normas de derecho común y procesal. La resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Vera fue fundada en la normativa aplicable y en el análisis de los hechos, y no se advierten irregularidades o arbitrariedad en ella. La jurisprudencia admite distintas interpretaciones, y en este caso, la interpretación del tribunal es válida y no irrazonable.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En ese camino, concluyó que en las particulares circunstancias del caso y en razón de lo normado en el artículo 76 bis del mencionado Digesto de fondo, existía una causal de inviabilidad vinculada a la condición de funcionario público del encartado que conducía a confirmar lo resuelto por el Juez de Cámara. Y estos argumentos, se compartan o no, en modo alguno logran ser descalificados por la impugnante desde la óptica constitucional en pos de demostrar que, al fallar, el Sentenciante se hubiera desentendido de los cánones mínimos de logicidad y razonabilidad que conlleven a la descalificación de la decisión por arbitraria." Además, se señala que el recurso de queja en este contexto no puede prosperar por tratarse de un desacuerdo interpretativo, y que la resolución judicial fue fundamentada y razonable dentro del marco legal vigente.

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