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LOPEZ MOSQUERA, ANDERSSON s/ REVISION PENAL

La Corte Suprema de Santa Fe declaró inadmisible la revisión penal interpuesta por una condena por robo calificado en proceso abreviado, argumentando que los planteos no encuadraban en las causales legales y que la revisión no tiene jurisdicción sobre decisiones de jurisdicción nacional.

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- Quién demanda: El Servicio Público Provincial de Defensa Penal (en representación del condenado Andersson López Mosquera).

¿A quién se demanda?

La sentencia del Colegio de Jueces de Primera Instancia en lo Penal de Santa Fe de 07.09.2021.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La nulidad del proceso por incumplimiento del derecho a asistencia consular y la revisión del diferimiento de la extinción de la pena de 9 años por efectos de la deportación, alegando violaciones al artículo 36 de la Convención de Viena y normativa migratoria.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró inadmisible la revisión, confirmando que los planteos no encuadran en las causales legales de revisión y que la corte local no tiene jurisdicción sobre decisiones de jurisdicción nacional que ya están firmes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La revisión procederá, en todo tiempo y en favor del condenado, contra la sentencia firme, en enunciando los motivos específicos que taxativamente recepta para autorizarla: la inconciliabilidad de la cosa juzgada; la demostración de falsedad de la prueba que originó la condena; la demostración de conductas delictivas que provocaron la condena y la sobreviniencia de nuevos hechos o elementos de prueba." "No se advierte cómo y en virtud de qué circunstancias podría esta Corte provincial tener jurisdicción para modificar un decisorio de extraña jurisdicción." "La revisión penal no constituye una tercera instancia, sino que sólo encuentra andamiaje en las causales específicamente tipificadas en la ley que no se advierten configuradas en el 'sub judice'." "La revisión, en este caso, es inadmisible por no cumplirse los requisitos legales y por estar fuera de la competencia de esta Corte provincial." "El recurso de revisión no cumple con las causales legalmente previstas y no cabe discutir decisiones de jurisdicción nacional en esta vía."

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