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M., J. J. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL M., J. J. s/ DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL SIMPLE CALIFICADO MINISTRO DE ALGUN CULTO ENCARGADO DE LA EDUCACION O GUARDA-APELACION DEFENSA SENTENCIA CONDENATORIA Y FISCAL MONTO DE LA PENA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que confirmó la pena de 12 años de prisión por delitos sexuales. La decisión se fundamenta en que los agravios no evidencian arbitrariedad ni vulneración constitucional.

Arbitrariedad Recurso de queja Inconstitucionalidad Reduccion de pena Garantias constitucionales Camara de apelaciones Delitos sexuales Decision judicial. Pena de 12 anos Analisis de agravantes y atenuantes


- Quién demanda: J. J. M. (imputado)

¿A quién se demanda?

Corte Suprema de Justicia de Santa Fe (por la vía de la queja)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revisión de la denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de Cámara, solicitando la reducción de la pena a 6 años.

¿Qué se resolvió?

La Corte rechaza la queja, confirmando que los argumentos del recurrente no evidencian vulneración constitucional ni arbitrariedad en la decisión del tribunal de grado. La Cámara de Apelaciones analizó las circunstancias agravantes y atenuantes, ajustando la pena de 15 a 12 años, en una valoración fundada y motivada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El análisis de la pena y sus fundamentos corresponde a los jueces de la causa, siendo ajeno a la vía extraordinaria, salvo en casos de arbitrariedad o afectaciones a derechos constitucionales que no se configuran en autos." "La Cámara abordó específicamente los agravios y concluyó que la pena debía ser reducida de 15 a 12 años, considerando las circunstancias agravantes y atenuantes, y rechazó los planteos defensivos." "El recurrente no logra evidenciar la presencia de un caso constitucional, ni demostrar que las apreciaciones de los jueces encuadren en alguna hipótesis de arbitrariedad o violación de derechos constitucionales." "No se configura un error que justifique la intervención de esta Corte, pues los agravios son insuficientes para abrir la vía de revisión constitucional."

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