L., H. A s/ HOMICIDIO SIMPLE
La Cámara de Rosario rechazó los recursos y confirmó la condena de 20 años de prisión por homicidio simple. El tribunal consideró que no se acreditaron las agravantes de femicidio ni ensañamiento, y valoró que las pruebas existentes respaldan la sentencia de primera instancia.
- Quién demanda: El Ministerio Público de la Acusación y la parte querellante.
¿A quién se demanda?
H. A. L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La calificación del hecho como femicidio o con agravantes de ensañamiento, y una pena de prisión perpetua.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, condenando a L. a 20 años de prisión por homicidio simple.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó los agravios del fiscal, querella y defensa, concluyendo que no se acreditó el contexto de violencia de género ni el ensañamiento, por lo que no se configuraron las agravantes del artículo 80 del Código Penal. Se valoró que la relación entre víctima y victimario fue exclusivamente laboral, sin prueba de una relación de dominio o violencia previa. La prueba forense y pericial no demostraron un estado de emoción violenta ni un elemento subjetivo que justifique atenuar la responsabilidad. La jurisprudencia y los informes médicos especializados respaldaron que la conducta del imputado no fue motivada por un cuadro psíquico que disminuyera su culpabilidad. La pena de 20 años fue considerada adecuada, proporcional y fundamentada en las circunstancias del caso, sin vulnerar principios constitucionales o derechos humanos.
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