ROMERO, ABEL c/ RIVERO JOSE ALBERTO s/ COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES
La Cámara de Apelaciones confirma la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por falta de prueba del contrato de pastaje entre las partes. La decisión se basa en la inexistencia probada de un acuerdo contractual válido y en la valoración de la prueba testimonial y documental.
- Quién demanda: Abel Romero
¿A quién se demanda?
José Alberto Rivero
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro por pastaje de animales, basado en un supuesto contrato verbal.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia que rechaza la demanda, argumentando que no se probó la existencia del contrato de pastaje, ni por medios documentales, informativos, ni testimonial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El núcleo de la decisión alzada y la que propongo se funda en la incontrovertida inexistencia de ningún contrato de pastaje entre el aquí actor y el demandado, lo cual obsta claramente al progreso de una acción de cumplimiento contractual. Es que no sólo que el propio Romero admite en su absolución de posiciones (fs. 190) que 'es cierto, yo nunca hice un contrato'; sino que además es dable inferir que tampoco hubo ningún contrato verbal en el cual ambos acordaran los términos de la ocupación -plazo, precio, etc.-, toda vez que Romero manifiesta 'después me decía que después íbamos a arreglar el pastaje. Luego se enojó y no me pagó nunca más'. Y en verdad esta circunstancia manifestada por el actor de que 'después íbamos a arreglar el pastaje', sumada a que tampoco en la demanda el actor describe los términos de la 'supuesta contratación' cuyo cumplimiento reclama, como lo es por ejemplo el precio pactado, conllevan a la convicción de que el 'supuesto arreglo' verbal en virtud del cual los animales de Rivero ingresaron al campo del accionante carece de los mínimos elementos necesarios como para sustentar válidamente en sede judicial un cumplimiento coactivo." "Los testimonios en cuya fuerza convictiva para abonar su postura insiste el recurrente de Vicentin (fs. 91), Flores (fs. 92), Fernandez (fs. 93) y Batistuta (fs. 201, claramente 'testigo de oídas'), sólo acreditan el hecho de que Rivero habría tenido animales en el campo del actor, lo cual es insuficiente para presumir la existencia de un contrato de pastaje, y mucho menos los términos del mismo -plazo, precio, etc.-. En este sentido, la disposición del código velezano relativa a la limitación de la prueba de testigos para contratos a partir de determinado monto, es dable ser extendida también a la prueba presuncional: 'es como si la ley hubiera querido ejemplificar con los testigos, para aludir a medios probatorios de escaso poder de convicción; tales, igualmente, las presunciones y el juramento' (BUERES, Alberto, HIGHTON, Elena, 'Código Civil y normas complementarias. Análisis doctrinal
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: