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GITANES S.R.L. c/ MUNICIPALIDAD DE LAGUNA PAIVA s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

La Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1 de Santa Fe resolvió hacer lugar al recurso de apelación de Gitanes S.R.L. contra la Municipalidad de Laguna Paiva, anulando las liquidaciones y ordenando la devolución de $18.809,88 por indebido cobro en tributos por publicidad y ocupación de espacio público. La decisión se fundamentó en irregularidades en la notificación, la falta de publicación de ordenanzas y la aplicación retroactiva de tributos inexistentes al momento de los hechos.

Recurso de apelacion Notificacion Nulidad Retroactividad Legalidad tributaria Ordenanzas municipales Inconstitucionalidad. Publicacion de ordenanza Derechos de publicidad Ocupacion del dominio publico

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Gitanes S.R.L., demanda a la Municipalidad de Laguna Paiva por la impugnación de liquidaciones tributarias relacionadas con el Derecho de Publicidad y Propaganda y el Derecho de Uso y Ocupación del dominio público, correspondientes a los períodos 2006 a 2012. La Municipalidad sostiene que las liquidaciones fueron realizadas conforme a la normativa vigente y en cumplimiento del procedimiento legal, argumentando que las notificaciones y publicaciones fueron adecuadas y que los tributos estaban en vigor en los momentos de los hechos. La Cámara destaca que las ordenanzas 1932 y 1952, base de los cobros, no fueron debidamente publicadas ni accesibles en medios oficiales, lo que vulnera el principio de legalidad tributaria y hace inadmisible su cobro. Además, se evidencia que la actividad fiscalizadora se realizó mediante relevamientos realizados antes de la sanción de dichas ordenanzas, lo que implica una aplicación retroactiva de tributos inexistentes en ese momento, violando así el principio de irretroactividad. La Cámara concluye que la notificación y publicación de las normas no fueron probadas y que los actos administrativos carecen de eficacia, por lo que se declara la nulidad de las liquidaciones y se ordena la devolución del importe cobrado indebidamente, con intereses. La sentencia se fundamenta en la vulneración del principio de legalidad, la falta de publicación oficial, y la aplicación retroactiva de tributos.

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