MONTES, MELISA CECILIA s/ SOLICITUD DE MATRICULACION RECHAZADA - COLEGIO DE CORREDORES INMOBILIARIOS DE SANTA FE
La Cámara de Apelaciones en lo Penal revocó la rechazo de la matrícula de Melisa Cecilia Montes y ordenó su habilitación, considerando que la interpretación del requisito de antecedentes penales debe ser en función del estado de vigencia de las condenas y respetando principios constitucionales y convencionales.
- Quien demanda (Actor): Melisa Cecilia Montes
- A quien se demanda (Demandado): Colegio de Corredores Inmobiliarios de Santa Fe
- Sede Rosario
Objeto: La matrícula como corredora inmobiliaria, que fue rechazada por el Colegio debido a la existencia de causa penal en trámite por lavado de activos en su contra.
Decisión: La Cámara revocó la decisión del Colegio que rechazaba la matrícula y ordenó que se habilite el trámite, considerando que la interpretación del requisito de antecedentes penales por parte del Colegio fue inadecuada y que la norma debe interpretarse en el sentido de que la causal obstativa es la existencia de condenas vigentes, no meramente causas abiertas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia sostiene que la ley 13154, en su conjunto, debe interpretarse armónicamente y en relación con principios constitucionales y convencionales, particularmente el principio de inocencia. Se argumenta que el requisito de "falta de antecedentes penales" debe entenderse en relación con las condenas vigentes y no con la existencia de una causa penal en trámite, conforme a la interpretación lógica y sistemática de la normativa. Además, se destaca que el proceso en el fuero federal por lavado de activos lleva casi 17 años sin resolución, afectando la garantía constitucional a ser juzgado en un plazo razonable. La jurisprudencia local, incluyendo el precedente "Amelong", refuerza que la presunción de inocencia debe ser respetada y que la cancelación de matrícula por causa penal en trámite sin condena firme vulnera derechos constitucionales. El tribunal considera que la interpretación del Colegio fue asistemática y que la decisión debe ajustarse a la normativa y principios constitucionales, revocando así el rechazo de la matrícula.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: