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G., N. F. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL Y LESIONES LEVES DOLOSAS CALIFICADAS POR EL CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GENERO Y AMENAZAS COACTIVAS

La Cámara de Rosario confirmó la prisión preventiva del imputado G. G., pero atenuó la medida a prisión nocturna en trabajo domiciliario, basándose en la evaluación de riesgos procesales y la proporcionalidad, considerando la gravedad del delito, la retractación de la víctima y las garantías de derechos de la víctima y del imputado.

Recurso de apelacion Violencia de genero Abuso sexual Proporcionalidad Medidas cautelares Prision preventiva Peligrosidad procesal Derechos humanos. Retractacion victima Trabajo domiciliario


- Quién demanda: La defensa técnica de G. G.

¿A quién se demanda?

La resolución del Tribunal Unipersonal del Colegio de Jueces de Rosario, que mantuvo la prisión preventiva.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La impugnación de la prisión preventiva, solicitando su sustitución por medidas menos gravosas, como trabajo domiciliario o libertad con caución.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Rosario confirmó la prisión preventiva, pero con una modalidad de prisión nocturna en domicilio y caución de tres millones de pesos, atendiendo a la gravedad del delito, la peligrosidad procesal y la necesidad de garantizar la presencia del imputado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El análisis de los elementos probatorios y la gravedad del hecho imputado, sumado a la retractación de la víctima, no permiten alterar la decisión de mantener la prisión preventiva, pero sí justifica una modalidad atenuada que facilite el restablecimiento de vínculos familiares y laborales del imputado, en línea con los estándares internacionales y la Constitución Nacional. La peligrosidad procesal, la existencia de elementos para sostener la hipótesis y la gravedad del delito justifican la medida, pero su forma debe ajustarse a los principios de proporcionalidad y derechos del imputado." "Por ello, se dispone la modalidad de prisión preventiva nocturna en trabajo domiciliario, con caución real de tres millones de pesos, buscando un equilibrio entre la cautela y los derechos del imputado."

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