GABRIELE, CARLOS RAUL s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS GABRIELE, CARLOS RAUL SOBRE 149 BIS - AMENAZAS
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió que corresponde al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 31 continuar con la causa sobre impedimento de contacto de menor con su padre no conviviente, desplazando la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 21. La decisión se fundamenta en que la declinatoria del juzgado local fue prematura, dado que no existían elementos suficientes para delimitar el hecho en su totalidad y determinar la instancia competente, en línea con la jurisprudencia del precedente Bazán.
- Quién demanda: La parte denunciante por impedimento de contacto y extorsión.
¿A quién se demanda?
La madre del menor.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La competencia para tramitar la causa que involucra impedimento de contacto y posibles delitos relacionados.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia declaró competente al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 31 para entender en la causa, revocando la declinatoria del juzgado local.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La declinatoria basada en la existencia de un delito de extorsión fue considerada prematura, pues “en función de los escasos elementos con que se cuenta en el legajo, no es posible una adecuada delimitación del hecho, para determinar con precisión las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que habría ocurrido”. Además, se remite a la jurisprudencia del precedente “Bazán” en la que se sostiene que la competencia debe determinarse con base en un análisis integral y no prematuro.
- La fiscalía manifestó que la declinatoria era prematura, reforzando la decisión del tribunal.
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