CAJA DE SEGUROS S.A. s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (CIVIL) en MISISCHIA BARBARA EVA C/ KRESTOL GUILLERMO DANIEL S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC. TRAN. C/ LES. O MUERTE) (EXPTE. N° 55790/2022)
La Cámara de Casación declaró la improcedencia del recurso de inconstitucionalidad contra la orden de reenvío para un nuevo juicio, fundamentando que la resolución no vulneraba garantías constitucionales y que el proceso había sido afectado por defectos procesales.
- Quién demanda: Luis Oscar Chocobar, a través de su abogado Luis Jorge Cevasco.
¿A quién se demanda?
La decisión de la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (CNCCC) de ordenar un nuevo juicio tras la nulidad de la sentencia condenatoria.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la decisión de reenvío ordenada por la tribunal superior, alegando vulneración del doble juzgamiento (ne bis in idem), del plazo razonable y de garantías constitucionales en el proceso penal.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso de inconstitucionalidad por improcedente, confirmando que la decisión de ordenar un nuevo juicio no viola garantías constitucionales y que la extensión del proceso no incurre en arbitrariedad, en particular respecto del principio de ne bis in idem. Además, se destaca que el proceso ya lleva casi ocho años sin sentencia definitiva y que la nulidad y defectos en la sentencia condenatoria justifican el reenvío.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que la decisión del tribunal superior, aunque ordenaba un nuevo juicio, no vulneraba ni el principio de doble juzgamiento ni garantías de plazo razonable.
- Se analizaron precedentes como “Sandoval” y “Alvarado”, sosteniendo que la extensión del ne bis in idem a casos sin sentencia firme previo es compatible con la jurisprudencia nacional e internacional, en especial con la interpretación de la CIDH en “Mohamed”.
- La decisión de reenvío se fundamentó en defectos estructurales en la sentencia condenatoria, que carecía de claridad, contenía contradicciones y no permitía una casación efectiva, por lo que la nulidad y el reenvío son compatibles con garantías constitucionales.
- Se enfatiza que el proceso lleva casi ocho años sin resolución definitiva, afectando el derecho a un plazo razonable, y que la producción de prueba adicional en un nuevo juicio es necesaria para garantizar un juicio justo y evitar riesgos de arbitrariedad.
- La jurisprudencia citada reafirma que la extensión de la garantía del ne bis in idem no impide la realización de nuevos juicios cuando la sentencia anterior es nula y se requiere corregir defectos sustanciales.
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