MARTINEZ GARAY, MARIA LUCIA Y OTRO c/ MERCADO LIBRE S.R.L. s/SUMARISIMO
La Cámara confirmó la responsabilidad de Mercado Libre por incumplimiento en la protección del consumidor y la responsabilidad en la venta de equipos no entregados. La sentencia de primera instancia fue ratificada por considerar que la plataforma actuó como intermediaria activa y responsable en la operación.
Actor: María Lucía Martínez Garay y Oscar Francisco Ieraci
Demandado: Mercado Libre SRL
Objeto: Cobro de $746.000 por la compra de equipos de aire acondicionado, daños materiales, daño moral, multa civil, intereses y costas.
Decisión: Se hace lugar a la demanda y se responsabiliza a Mercado Libre por incumplimiento de deberes en la protección del consumidor, condenándola a pagar indemnización por daño material, moral y daño punitivo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia destaca que Mercado Libre actuó como intermediaria activa en la operación, promoviendo la conclusión del contrato y brindando cobertura mediante su programa “Compra Protegida”. La plataforma no logró demostrar que el reclamo fue cerrado voluntariamente por los actores, y su conducta fue considerada violatoria a los principios de buena fe, seguridad y trato digno. La responsabilidad surge del artículo 40 de la Ley 24.240, ya que la plataforma tuvo un rol activo y no tomó medidas diligentes frente a la falta de entrega. La responsabilidad de la plataforma es objetiva y solidaria, y no exime su culpa por desconocimiento o negligencia. La conducta de la plataforma y la falta de prueba efectiva de la cancelación del reclamo por parte de los actores justifican la condena. Se rechazan las quejas respecto de la responsabilidad del tercero citado y las cuestiones relacionadas con los rubros indemnizatorios, confirmando además la condena al pago de costas.
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