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SALVAÑA, FERNANDO ALBERTO c/ DESPEGAR.COM.AR S.A. s/ DEMANDA DE DERECHO DE CONSUMO

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe revocó la sentencia de primera instancia y declaró la competencia del tribunal a quo para entender en la causa, rechazando la causal de nulidad interpuesta por la parte actora, en un expediente por incumplimiento contractual en relación con servicios de viaje y pasajes aéreos, en atención a que las cuestiones no involucran materia regulada por el derecho aeronáutico federal, sino derechos de consumo y derecho común.

Relacion de consumo Responsabilidad contractual Incumplimiento Relacion contractual Competencia jurisdiccional Derecho comun Pasajes aereos Justicia provincial Jurisdiccion local Derecho de consumo


- Quién demanda: Fernando Alberto Salvaña.

¿A quién se demanda?

Despegar.com.ar S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

incumplimiento contractual en relación con la reprogramación y cancelación de pasajes aéreos, daños y perjuicios, daños punitivos, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

la Cámara revocó la sentencia que declaró la incompetencia del tribunal de primera instancia y determinó que la causa debe continuar en dicho juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Resulta un criterio ineludible, para evaluar la posible competencia federal ratione materiae, la necesidad de determinar si es necesario para resolver el litigio «precisar el sentido y los alcances de normas federales». Una respuesta afirmativa derivará en la competencia federal, mientras que la negativa en la local. [...] La cuestión planteada se enmarca dentro del juicio promovido por el actor contra la sociedad comercializadora intermediaria por incumplimiento contractual, en un reclamo que refiere a incumplimientos en la comercialización y reprogramación de pasajes, en un contexto de relación de consumo. La pretensión no requiere la interpretación de normas de derecho aeronáutico, sino la aplicación de normas de derecho común, protección del consumidor y contractual. La causa no involucra en forma directa ni principal la actividad de transporte aéreo, sino un incumplimiento contractual derivado de la relación de consumo. Por ello, la competencia del fuero federal no resulta justificada, ya que los hechos no se vinculan estrictamente con la navegación aérea ni con el comercio aéreo regulado por la normativa aeronáutica, sino con obligaciones de derecho común y protección del consumidor. La jurisprudencia citada respalda que las cuestiones relacionadas con incumplimientos en contratos de consumo deben tramitarse en la justicia civil o comercial local, salvo que el hecho tenga una conexión directa con la actividad de navegación aérea o transporte aéreo, lo cual en este caso no sucede."

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