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PONZELLI, MARIA LUCIA c/ COOPERATIVA ELECTRICA LTDA. DE RUFINO -DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial rechaza la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo que rechazó recursos de nulidad y apelación en un caso de daños y perjuicios relacionados con un servicio de traslado en ambulancia. La decisión se basa en que no se evidencian arbitrariedades ni vulneraciones constitucionales en la resolución de la Cámara de Venado Tuerto.

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Actor: María Lucia Ponzelli Demandado: Cooperativa Eléctrica Ltda de Rufino Objeto: Daños y perjuicios, específicamente en relación con el servicio de traslado en ambulancia y la supuesta negación arbitraria por parte de la cooperativa. Decisión: La Corte provincial rechazó la queja por no encontrar que las cuestiones planteadas constituyan una arbitrariedad o vulneración constitucional, confirmando la decisión de la Cámara que rechazó los recursos de nulidad y apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La queja interpuesta no puede prosperar toda vez que la detenida lectura del memorial introductorio del recurso de inconstitucionalidad, en confrontación con la resolución atacada, no revela más que la mera disconformidad de la compareciente con la solución brindada por los Sentenciantes —en ejercicio de funciones propias— sobre cuestiones de hecho, prueba y derecho común, materias que en principio escapan al restringido ámbito previsto normativamente para el control de constitucionalidad que compete a esta Corte, salvo supuestos de arbitrariedad en relación directa con lo decidido que —cabe anticiparlo— no se vislumbran configurados en la especie." Además, se señala que la revisión en esta instancia no corresponde por tratarse de cuestiones de hecho y valoración probatoria, y que no se evidencia arbitrariedad en la resolución atacada. La disidencia del ministro Falistocco consideró que sí existía un sustento suficiente para admitir la queja, pero la mayoría decidió rechazarla.

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