FONT, WALTER DEOLINDO c/ BRUGNONI, CARMEN s/ JUICIO DESALOJO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda de desalojo por considerar que el contrato fue celebrado en mala fe, dado que el locador conocía la litigiosidad del inmueble y no tenía autorización para darlo en locación.
- Quién demanda: La parte demandada (Carmen Brugoni, en calidad de locataria).
¿A quién se demanda?
Walter Deolindo Font, como locador.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La restitución del inmueble y orden de desalojo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda de desalojo, considerando que la locación fue celebrada en mala fe, ya que el locador conocía la existencia de litigios y no tenía autorización válida para locar el inmueble.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El proceso de desalojo es de proceso especial, cuyo objeto es la tenencia u ocupación material de una cosa cierta, mueble o inmueble, sin analizar derechos de posesión o dominio. La cosa juzgada tendrá las mismas limitaciones. La locación de cosas ajenas es válida en los términos del Código Civil y Comercial cuando el objeto del contrato es el uso y goce de la cosa, pero no cuando se trata de un acto celebrado en mala fe, con conocimiento del litigio y sin autorización válida. La documental aportada no es una autorización para locar, sino una notificación de cargo y responsabilidad del propietario en relación a arreglos edilicios, por lo que no habilita la locación. Además, el locador actuó de mala fe al celebrar un contrato de locación sabiendo que el inmueble estaba sometido a litigio y que el propietario original no tenía dominio sobre el inmueble. La sentencia de primera instancia resulta injusta y debe ser revocada, rechazándose la demanda y condenando en costas a la parte actora."
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