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RODRIGUEZ, DANIEL MAURICIO c/ LA SEGUNDA ART S.A. -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)

El Tribunal Superior de Santa Fe declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que rechazó el planteo de prejudicialidad penal en un reclamo por incapacidad laboral. La decisión se fundamentó en la existencia de una interpretación razonable de las normas y en la insuficiencia del agravio para vulnerar garantías constitucionales.

Incapacidad permanente Accidente laboral Garantias constitucionales Prejudicialidad penal Suspension del proceso Interpretacion judicial Control de constitucionalidad Recurso de inconstitucionalidad Decision judicial. Atraso procesal

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, Daniel Mauricio Rodriguez, demandó a La Segunda ART S.A. por la percepción de prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente originada en un accidente "in itinere" ocurrido el 15/05/2014, en un hecho que fue objeto de investigación penal.
- La aseguradora contestó la demanda negando los hechos, denunciando fraude y solicitando la suspensión del trámite hasta que se resolviera la causa penal, invocando la prejudicialidad penal.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, considerando que la inactividad en la causa penal, desde 2017, constituía una excepción a la prejudicialidad penal, y ordenó el pago de las prestaciones.
- La Cámara de Apelación confirmó dicha resolución, fundamentando que la interpretación de la normativa y la valoración probatoria eran razonables, y que la demora en la causa penal no alteraba la validez del fallo, ya que la constancia del estado procesal no demostraba un avance suficiente que justificara la suspensión.
- La aseguradora interpuso recurso de inconstitucionalidad, alegando que la decisión vulneraba garantías constitucionales, particularmente el acceso a la justicia y la fundamentación, por omitir resolver sobre el hecho nuevo y la suspensión del proceso.
- La Corte Provincial, tras analizar la admisibilidad del recurso, concluyó que los agravios no resultaban suficientes para configurar una arbitrariedad o vulneración constitucional, dado que la resolución apelada se fundamentó en interpretación razonable de las normas y en la valoración de las constancias, y que la demora en la causa penal no constituyó un hecho que habilitara la revisión constitucional.
- Por ello, declaró la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad, con costas a la parte vencida.
- La sentencia enfatiza que la discrepancia acerca de la valoración probatoria no constituye en sí misma un acto arbitrario ni vulnera garantías constitucionales y que la decisión judicial fue fundada en una interpretación jurídica posible y en el contexto de la causa.

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