PROVINCIA DE SANTA FE c/ ESTABLECIMIENTO EL AMANECER S.A. s/ EXPROPIACION
La Corte provincial desestima la toma de posesión en proceso de expropiación por incumplimiento de requisitos legales previos, confirmando la suspensión de la medida ante la falta de acuerdo y la necesidad de garantizar el proceso administrativo previo.
- Quién demanda: La Provincia de Santa Fe, mediante acción expropiatoria para la ejecución de obras hídricas.
¿A quién se demanda?
Establecimiento El Amanecer SA, propietario del inmueble.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La expropiación de una fracción del inmueble para el proyecto "Canal Secundario
- Centeno".
¿Qué se resolvió?
La Corte desestimó la toma de posesión ordenada en la causa, por considerar que no se cumplieron los requisitos legales para ello, en particular la existencia de un procedimiento previo de avenimiento y oferta de indemnización total, que no fue cumplido. La medida de posesión fue suspendida y se ordenó su rechazo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la constitución de una servidumbre administrativa implica para el propietario la privación parcial de su derecho de dominio, pero el propietario conserva su calidad de tal y la posesión de la cosa. La indemnización ofrecida en sede administrativa se circunscribió a la limitación del derecho de dominio y no al valor total de la propiedad. La acción expropiatoria debe ser precedida por un procedimiento en el que se determine y ofrezca al propietario una indemnización total, lo cual no ocurrió en este caso. La ley 7534 y sus artículos 24 y siguientes establecen claramente estos requisitos, que no fueron cumplidos." Disidencia relevante: No se registran votos disidentes en la resolución.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: