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G., M. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL G. s/ DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL-AMENAZAS-LESIONES DOLOSAS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO ANTE LA C.S.J.N.)

El Tribunal Superior de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario interpuesto por la defensa de M. A. G. contra la sentencia del Tribunal del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia, por incumplimiento de requisitos formales y fundamentación insuficiente. La decisión se basó en la reiteración de agravios sin sustento concreto y en la ausencia de vicio procesal o constitucional que amerite la instancia superior.

Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Requisitos formales Valoracion probatoria Constitucionalidad Denegacion Decision judicial Santa fe Corte provincial Agravios reiterados


- Quién demanda: Defensa de M. A. G.

¿A quién se demanda?

Tribunal del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Concesión del recurso extraordinario federal contra la sentencia que rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

Se deniega la concesión del recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal explicó que el recurso extraordinario no cumple con los requisitos del artículo 3, incisos "b", "d" y "e" de la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, debido a que la recurrente no logra suministrar un relato claro y preciso de las cuestiones federales, ni una crítica razonada del pronunciamiento atacado. Además, no demuestra una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y la resolución, ni que la decisión impugnada sea contraria al derecho invocado. La recurrente intenta reiterar agravios ya tratados en instancias previas, sin aportar argumentos efectivos ni evidenciar arbitrariedad o irrazonabilidad en la decisión. La Corte sostuvo que los planteos se limitaron a expresar disconformidad con la forma en que se resolvió la causa, sin configurar un vicio constitucional que justifique la vía extraordinaria, y que la fundamentación de la resolución de la instancia inferior permanece incólume. Por ello, se concluyó que no existen motivos que justifiquen la superación del rechazo, y se resolvió: "Denegar la concesión del recurso extraordinario interpuesto para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación".

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