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BECCHIO ENRIQUE JUAN C/ VALDEZ MIGUEL Y/O CUALQUIER OTRO OCUPANTE S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

La demanda de desalojo por tenencia precaria fue desestimada por insuficiencia probatoria sobre la existencia de contrato de comodato. La justicia sostuvo que el actor no probó su derecho a exigir la restitución del inmueble, confirmando la posesión pacífica y prolongada de los demandados.

Accion de desalojo Tenencia precaria Prueba documental Comodato Posesion Rechazo de demanda Prueba testimonial Autoridad judicial Costas Argentina.

El actor, Enrique Juan Becchio, demandó a Miguel Ángel Soto Valdez y Ramona Escobedo para que desocuparan un inmueble por tenencia precaria. La sentencia consideró que la prueba documental y testimonial no acreditaba la existencia de un contrato de comodato entre las partes, ni la condición de propietario del actor, sino que ambos ocupaban el inmueble en forma pacífica y con derechos que no fueron demostrados suficientes para justificar la acción de desalojo. Se analizaron antecedentes de una acción de reivindicación de 1991, donde Becchio reconocía la ocupación de Escobedo, pero no acreditó la existencia de un contrato de comodato ni título que justifique su pretensión. La sentencia concluyó que la mera posesión no prueba la existencia de un derecho suficiente, y que la prueba rendida no respalda la pretensión del actor. Por ello, se rechazó la demanda y se impusieron las costas al actor, en su carácter de vencido.

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