VALLE ELDA C/MERCONTER CIA. COM. Y FINANCIERA S.A. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
Homologación de acuerdo y regularización de honorarios en proceso de prescripción adquisitiva. El tribunal homologó el acuerdo entre las partes para continuar con la escrituración y reguló honorarios profesionales y tasas judiciales.
- La parte demandada, VALLE ELDA, presentó un acuerdo con MERCONTER CIA. COM. Y FINANCIERA S.A. para homologar la transacción y proceder a la escrituración respecto del inmueble valuado en $1.343.694.
- La sentencia analiza el artículo 308 del Código Procesal, que regula la homologación de transacciones en litigios. Se concluye que la transacción es válida y puede ser homologada, pues cumple con los requisitos legales.
- La homologación implica que el acuerdo tiene la misma fuerza de cosa juzgada y es ejecutorio respecto de las prestaciones reconocidas.
- El tribunal decide homologar el acuerdo presentado en 6/02/2025, y regula los honorarios profesionales en función del valor del inmueble y la complejidad del trámite, estableciendo $135.000 para cada uno de los letrados de las partes actora y $180.000 para el letrado de la parte demandada.
- Además, se regularizaron los honorarios del letrado patrocinante de la parte demandada y se cuantificaron las tasas judiciales, incluyendo sobre tasas y aportes previsionales.
- La resolución recuerda que la homologación produce efectos de cosa juzgada y continuidad del proceso para la escrituración.
- Se ordena el registro, notificación y la regularización de los montos.
- La presentación de cumplimiento también fue tenida en cuenta y se ratifica la homologación del acuerdo.
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