Logo

DA FONTTE NANCY BEATRIZ C/ MORE YESICA LUCIA (9) S/CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES

El tribunal hizo lugar a la demanda por cumplimiento de contrato y condenó a la demandada al pago de U$S 20.660, por saldo de la obligación, confirmando la sentencia de primera instancia y rechazando la oposición de la demandada.

Recurso de apelacion Cumplimiento de contrato Saldo pendiente Clausula de renegociacion Obligacion de pago Sentencia firme Contrato de cesion Juicio civil Interes moratorio Ejecucion de sentencia

Nancy Beatriz Da’Fontte demanda a Yésica Lucía More por el cumplimiento de un contrato de cesión de derechos sobre un inmueble en Merlo, reclamando el saldo pendiente de U$S 20.660. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda de resolución contractual y reconoció que la demandada había abonado aproximadamente el 64% del precio total pactado, dejando un saldo de U$S 20.660. La decisión consideró que la cláusula segunda del contrato establecía la obligación de renegociación ante el aumento del valor del dólar, y que la demandada no se encontraba en mora respecto del saldo pendiente, por lo que se condenó a la demandada a pagar esa suma. La apelación fue desestimada en su totalidad, confirmando la decisión del tribunal de primera instancia. Fundamentos principales: El fallo señala que “la demandada abonó, de un total de U$S 58.000, U$S 13.000 con la firma del contrato; luego pagó 23 cuotas de U$S 900 (U$S 20.700); y finalmente 7 cuotas de U$S 520 (U$S 3.640). Si se suman todos los montos abonados, se obtiene la suma de U$S 37.340, representativa de aproximadamente el 64 % del precio convenido.” Además, se destacó que “el saldo, entonces, deberá reclamarse en proceso judicial autónomo atendiendo a lo convenido por las partes en la cláusula segunda del contrato de autos.” La sentencia también sostuvo que “la mora accipiens quedó configurada en el caso desde que se hizo evidente el desfasaje económico que llevó a duplicar el valor de la divisa extranjera,” y que “no puede entenderse que la demandada se encuentre en estado de morosidad en el cumplimiento de sus obligaciones, habida cuenta el previo incumplimiento de la acreedora de proceder a la renegociación de la deuda prevista en el contrato.” La resolución concluye que “la pretensión de cumplimiento de pago convenido en el contrato habrá de prosperar” y que “Yésica Lucía More debe abonar la suma de U$S 20.660, bajo apercibimiento de ejecución.”

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar