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CONCORDIA CONSTRUCCIONES SA (TF 39922-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirmó parcialmente la sentencia que había declarado la procedencia de la determinación de oficio del Impuesto a las Ganancias por salidas no documentadas, y revocó la rechazo de la multa, confirmando la sanción impuesta por la AFIP en relación a dicho impuesto.

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- Quién demanda: Dirección General Impositiva (Fisco)

¿A quién se demanda?

Concordia Construcciones S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo del organismo en contra de la sentencia que anuló la multa por Impuesto a las Ganancias por salidas no documentadas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al recurso del Fisco, revocó la sentencia de primera instancia en lo que respecta a la multa y confirmó la sanción por la Impuesto a las Ganancias por salidas no documentadas, considerando que las boletas de depósito no constituyen declaraciones juradas y que la documentación respaldatoria fue observada por apócrifa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El instituto de las salidas no documentadas ha sido adoptado por el legislador para asegurar la íntegra percepción de la renta fiscal en una particular situación en la cual, ante la falta de individualización de los beneficiarios, a cuyo cargo debiera estar el pago del impuesto al rédito percibido, se concluye que el pago queda a cargo del contribuyente". La Corte Suprema en Fallos 326:2987 estableció que estas erogaciones corresponden a períodos posteriores a la resolución general que regula los plazos y formas del ingreso, y que las boletas de depósito tienen carácter de declaración jurada, por lo que las omisiones, errores o falsedades en dichos instrumentos están sujetas a sanciones. La Cámara consideró que la documentación respaldatoria fue observada por apócrifa y que, en este contexto, la multa era procedente, por lo cual la revocó la sentencia que la había declarado improcedente.

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