REINO, ANDRES AMADOR c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Trabajo modifica parcialmente la sentencia de primera instancia en relación a la incapacidad psíquica y el monto de la indemnización por accidente laboral. La decisión se basa en la falta de sustento científico del informe pericial y la aplicación del régimen legal vigente para el cálculo del monto indemnizatorio.
Actor: Andrés Amador Reino Demandado: Asociación ART S.A. Objeto: Indemnización por accidente laboral, incapacidad psíquica y honorarios profesionales. Decisión: Se modifica la sentencia de primera instancia, excluyendo la incapacidad psíquica del cálculo indemnizatorio y ajustando el monto a $11.855.546,60, con intereses desde el 12/4/2024, y confirmando el resto de lo resuelto. Fundamentos: La sentencia analiza la evaluación psicológica del actor, concluyendo que no surge un vínculo científico y clínicamente sólido entre el padecimiento psíquico y el episodio traumático denunciado, dado que el informe pericial carece de un análisis objetivo que permita establecer un nexo causal. Se señala que "los datos proporcionados por la prueba pericial médica se advierten insuficientes para fundar el porcentaje de incapacidad psíquica atribuido a los padecimientos psíquicos que podrían relacionarse adecuadamente con la contingencia denunciada". Además, se destaca que el informe pericial no realizó un análisis exhaustivo ni fundamentado, en contravención a los arts. 386 y 477 del CPCCN, justificando la exclusión de la incapacidad psíquica del cómputo indemnizatorio. Por otra parte, se ajusta el cálculo del monto indemnizatorio conforme a la normativa vigente (Decreto 669/19) y los parámetros del artículo 12 de la ley 24.557, considerando las remuneraciones del actor y la tasa RIPTE, con intereses calculados desde la fecha del siniestro y desde la interposición del recurso.
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