R.E., C. c/ INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A.U. s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo del planteo de conexidad formulado por la parte demandada en un proceso por daños y perjuicios, argumentando que no se reúnen los requisitos para la conexidad, dado que las partes y hechos son distintos en las causas vinculadas. La decisión se basa en que la materia no presenta identidad fáctica ni procesal entre las causas.
- Quién demanda: El actor en la causa principal por daños y perjuicios.
- A quién se demanda: Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A.U.
- Qué se reclama: Daños y perjuicios por consumos con tarjetas de crédito.
- Qué se resolvió: El tribunal rechazó el planteo de conexidad solicitado por la demandada y confirmó la resolución de primera instancia.
Fundamentos:
El tribunal comparte la opinión del Fiscal General, indicando que la existencia de un derecho similar no basta para justificar la conexidad, si las partes y las circunstancias fácticas son distintas. Se argumenta que "la materia litigiosa de la acción incoada en el sub lite y el objeto de las pretensiones en las causas COM 10082/2024 y COM 13204/2024 tendrían origen en circunstancias fácticas similares, las partes intervinientes en unos y otros eran distintas, lo que descartaba el eventual dictado de sentencias contradictorias". Además, se destaca que "las accionantes reclaman de manera independiente por los daños y perjuicios ocasionados por los consumos individuales que cada uno manifiesta haber realizado en distintas fechas con las tarjetas de crédito de su propiedad".
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