ENRE c/ SPSE - RES 114/22 s/PROCESO DE EJECUCION
La Cámara Federal de Apelaciones confirma la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias en procesos de ejecución de créditos adeudados a la administración pública nacional, en línea con la ley y la política de eficiencia judicial.
- Quién demanda: ENRE (Ente Regulador de la Electricidad)
¿A quién se demanda?
SPSE (Sociedad de Participaciones y Servicios de Energía)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de multa por $76.902, en proceso de ejecución fiscal.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias para entender en la causa, rechazando el recurso de apelación interpuesto por la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara comparte el dictamen del Fiscal General y sostiene que “los juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias […] se encuentran habilitados para conocer en la ejecución de los créditos adeudados a la administración pública nacional por falta de pago de impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas”. La ley N° 25.293, junto con el Mensaje N° 29 (10/01/00), busca acelerar los procedimientos de créditos tributarios y otros similares, consolidando la competencia de estos juzgados en los procesos de ejecución fiscal. La decisión también está respaldada por precedentes de esta misma Cámara y la normativa aplicable, además de la asignación de competencia a la Defensoría Pública ante los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias. La resolución confirma que “la decisión en crisis no vulnera la competencia material dispuesta en la Ley N° 24.065” y que la finalidad del sistema legal es “tornar más eficiente la gestión judicial”.
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