ENRE c/ SPSE - RES 114/22 s/PROCESO DE EJECUCION
La Cámara Federal de Apelaciones confirma la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias en procesos de ejecución de créditos adeudados a la administración pública nacional, en línea con la ley y la política de eficiencia judicial.
- Quién demanda: ENRE (Ente Regulador de la Electricidad)
- A quién se demanda: SPSE (Sociedad de Participaciones y Servicios de Energía)
- Qué se reclama: Cobro de multa por $76.902, en proceso de ejecución fiscal.
- Qué se resolvió: La Cámara confirma la competencia de los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias para entender en la causa, rechazando el recurso de apelación interpuesto por la actora.
Fundamentos:
La Cámara comparte el dictamen del Fiscal General y sostiene que “los juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias […] se encuentran habilitados para conocer en la ejecución de los créditos adeudados a la administración pública nacional por falta de pago de impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas”. La ley N° 25.293, junto con el Mensaje N° 29 (10/01/00), busca acelerar los procedimientos de créditos tributarios y otros similares, consolidando la competencia de estos juzgados en los procesos de ejecución fiscal. La decisión también está respaldada por precedentes de esta misma Cámara y la normativa aplicable, además de la asignación de competencia a la Defensoría Pública ante los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias. La resolución confirma que “la decisión en crisis no vulnera la competencia material dispuesta en la Ley N° 24.065” y que la finalidad del sistema legal es “tornar más eficiente la gestión judicial”.
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