INSTITUTO DE LOTERIA Y CASINOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Corrientes revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y confirma la exención del impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias del Instituto de Loterías y Casinos de la Provincia, en relación al 98% de las utilidades líquidas distribuidas al personal, ordenando la imposición de costas a la parte vencida.
- Quién demanda: El Instituto de Lotería y Casinos de la Provincia de Corrientes (accionante).
¿A quién se demanda?
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Demandada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de exención del impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias en relación al 2% de las utilidades líquidas distribuidas al personal del organismo, en virtud del art. 2, inc. a) de la ley 25.413 y del art. 18, inc. a) de la ley provincial 3.423.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la decisión de primera instancia que hizo lugar a la acción, confirmando que el Instituto no se encuentra excluido del beneficio fiscal y que las operatorias y movimientos de fondos en favor del personal están exentos del impuesto, conforme a la normativa aplicable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara interpreta que el art. 2, inc. a) de la ley 25.413 es claro en eximir a los créditos y débitos en cuentas bancarias de los Estados provinciales, y que el Instituto de Loterías y Casinos, por ser un ente autárquico dependiente del Estado provincial, se encuentra incluido en dicha exención. Además, se destaca que la normativa reglamentaria, en particular el art. 10, inc. h) del decreto 380/01, respalda la exención respecto a los movimientos en cuentas de empleados y jubilados, y que no hay prueba de que el organismo tenga fines de lucro. La sentencia también revoca la imposición de costas en primera instancia, aplicando el principio objetivo de derrota.
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