MEZA RODRIGUEZ, MARCELO DAVID c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia respecto a la tasa de interés en las condenas por daños laborales, estableciendo que debe aplicarse la tasa del IPC INDEC desde la exigibilidad del crédito hasta su pago, en lugar de la tasa prevista por la ley 27.348, por considerar que la norma en cuestión resulta inconstitucional y vulnera derechos constitucionales y principios constitucionales en materia de protección del crédito laboral y de la propiedad.
- Quién demanda: Marcelo David Meza Rodríguez
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por incapacidad psicofísica derivada de accidente laboral ocurrido el 20/12/2022; honorarios profesionales y tasas de interés
¿Qué se resolvió?
La sentencia de primera instancia fue parcialmente modificada en lo que respecta a la tasa de interés, estableciendo que debe aplicarse la tasa del IPC INDEC desde la exigibilidad del crédito (20/12/2022) y hasta su pago, con capitalización, en lugar de la tasa del RIPTE + 6% o la tasa del 90% de interés en la ley 27.348.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y de las normas que prohíben la indexación, ya que vulneran la Constitución Nacional y tratados internacionales con jerarquía constitucional. Se argumentó que dichas normas afectan el derecho del trabajador a obtener una reparación adecuada, vulnerando principios de igualdad, propiedad y protección del crédito laboral. La decisión se fundamentó en que la ley 27.348 y sus modificaciones no garantizan la protección del crédito del trabajador y que el interés debe responder a expectativas inflacionarias y al costo del dinero, lo que justifica aplicar la tasa del IPC INDEC.
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