EARLY CROP SA (TF 140241550-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La Cámara declaró la caducidad de la instancia en el proceso por inacción de las partes, confirmando que no existió actividad útil que impusiera continuar con el trámite, y resolvió la caducidad sin imposición de costas.
- Quién demanda: EARLY CROP S.A.
¿A quién se demanda?
DGA (Dirección General de Aduanas)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo de organismo externo contra resolución administrativa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró la caducidad de la instancia por inacción de la parte demandada, en virtud del art. 318 del CPCCN, debido a que desde la notificación del traslado del recurso, el 11/4/25, no se activó el proceso en los tres meses posteriores. La inactividad evidencia desinterés y justifica la caducidad. La resolución fue dictada en agosto de 2025, sin costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en el inc. 2º, del art. 310 del CPCCN se establece que se producirá la caducidad de la instancia cuando no se instare su curso dentro de los tres (3) meses en segunda o tercera instancia; y, conforme a lo previsto en el art. 311, dicho plazo procesal debe computarse desde la fecha de la última petición de las partes o resolución o actuación del juez, secretario o prosecretario que tenga por efecto impulsar el procedimiento, y corre durante los días inhábiles, salvo los que correspondan a las ferias judiciales o aquéllos en que -por circunstancias de hecho o de derecho
- las partes se hallaren impedidas de activar el proceso."
"Desde entonces, ha transcurrido el plazo previsto en el art. 310, inciso 2º ya citado, sin que haya existido acto alguno que impulse el pleito, evidenciándose así la presunción de desinterés que exterioriza dicha inactividad y que autoriza a la aplicación del instituto en estudio."
"Por ello, corresponde declarar la caducidad de la instancia en los términos del art. 318 del CPCCN."
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