PIERONI, JULIO RAUL c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que reconoció diferencias salariales por reliquidación de compensaciones en personal militar, rechazando la apelación del Estado Nacional y sosteniendo que la base de cálculo debe incluir los incrementos salariales y suplementos dispuestos por decretos específicos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue presentada por Julio Raúl Pieroni, quien reclamó diferencias en la reliquidación de compensaciones por cambio de destino, incluyendo incrementos salariales y suplementos, basándose en que su cálculo debía tomar en cuenta el haber mensual de teniente general en forma íntegra. La primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, reconociendo el derecho del actor a percibir las diferencias y aplicando un plazo de prescripción quinquenal. La parte demandada, el Estado Nacional, interpuso recurso de apelación argumentando que los suplementos no remunerativos no debían incluirse en la base de cálculo y que el plazo de prescripción era bienal. La Cámara resolvió que la prueba documental acreditaba el percibo de las compensaciones y que la base de cálculo debía incluir todos los incrementos salariales y suplementos, rechazando los agravios del Estado. Fundamentó que la jurisprudencia de esta Sala ha establecido que la reliquidación debe hacerse sobre la base del haber mensual del grado correspondiente, incluyendo los incrementos y suplementos, siempre que estos tengan naturaleza remunerativa. Además, confirmó que el plazo de prescripción aplicable era de cinco años, dado que las sumas no se perciben periódicamente y no existió reclamo administrativo previo. Se rechazó el recurso del Estado y se confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus términos.
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