BIGOLIN, GUSTAVO HORACIO c/ CENCOSUD S.A. Y OTRO s/ORDINARIO
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y condena a Cencosud a pagar $600.000 por daños y perjuicios tras comprobar su responsabilidad en el hurto del vehículo, considerando la relación de consumo y el deber de custodia del establecimiento.
¿Quién es el actor?
Gustavo Horacio Bigolin
¿A quién se demanda?
Cencosud S.A. y Allianz Argentina Compañía de Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños materiales, daño moral y daño punitivo por el hurto de su vehículo en el estacionamiento del centro comercial Easy en Ituzaingó.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la sentencia de grado y reconoce la responsabilidad de Cencosud, condenándola a pagar $600.000 en concepto de daños y perjuicios, además de intereses y la respuesta de la aseguradora en los términos de la póliza.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia apelada fue revocada por considerar que la prueba acreditaba que el hurto ocurrió en el estacionamiento del centro comercial, y que Cencosud, como proveedor del servicio de estacionamiento, tenía un deber de custodia que incumplió. Se valoran las probanzas, incluyendo la denuncia policial y las testimoniales, que indican que el vehículo fue sustraído en ese lugar. Además, se destaca que la conducta de las demandadas fue desaprensiva al no exhibir el registro fílmico que podría haber demostrado la inexistencia del hecho. La responsabilidad surge del deber de custodia derivado de la relación de consumo. Se reconoce además el daño moral y el daño punitivo, aunque estos últimos con una cuantificación prudencial. La condena incluye la suma de $600.000 y los intereses aplicables.
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