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FERREYRA, PABLO GASTON c/ KERSZBERG, NICOLAS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por no acreditar la ocurrencia del siniestro y eximió de responsabilidad al demandado y su aseguradora. La decisión se fundamentó en la insuficiencia de prueba, la falta de constancia policial y la inadmisibilidad de las pruebas periciales y documentales presentadas por el actor, además de la no presentación del demandado. La Cámara consideró que la prueba documental no era concluyente para acreditar el hecho, y que la denuncia ante la aseguradora no permitía determinar con certeza la ocurrencia del siniestro.

Accidente de transito Danos y perjuicios Responsabilidad civil Pericia mecanica Prueba Carga de la prueba Prueba documental Responsabilidad por riesgo Siniestro Sentencia confirmada


¿Quién es el actor?

Pablo Gastón Ferreyra

¿A quién se demanda?

Nicolás Kerszberg y su aseguradora Paraná Sociedad Anónima de Seguros
- Objeto de la demanda: Reclamo por daños y perjuicios derivados de un siniestro de tránsito ocurrido el 03/08/2020, en el que el actor sufrió lesiones tras colisión con el vehículo del demandado.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por insuficiencia probatoria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza de grado sostuvo que no se probó la ocurrencia del siniestro, ya que las pruebas disponibles, incluyendo la pericia mecánica y la documentación médica, resultaron insuficientes para acreditar que el hecho ocurrió tal como lo relató el actor. La prueba pericial no pudo determinar con certeza los daños ni la causa del siniestro, y la documentación médica, aunque relevante, no individualizó claramente los datos del vehículo y del accidente. Además, la denuncia a la aseguradora no ofreció prueba suficiente de la ocurrencia del hecho, y la ausencia de la declaración del demandado, que no se presentó en el proceso, dejó la causa en estado de orfandad probatoria. La Cámara resaltó que no se acreditó el hecho ni la relación causal, por lo que no cabía condena alguna.

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