BARON ROCIO C/ GIFFONI LEANDRO EZEQUIEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó la responsabilidad de los conductores en un accidente de tránsito, elevó los montos indemnizatorios por daños físicos y psíquicos, y ordenó que las costas sean asumidas por los vencidos. La decisión se fundamenta en la valoración de la prueba pericial y la casuística del caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Rocío Baron demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 21 de junio de 2011, contra Giffoni, Regueiro y Coiradas, atribuyendo responsabilidad compartida y solicitando una mayor indemnización.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, atribuyó responsabilidad del 90% a Giffoni y Coiradas y del 10% a Regueiro, y condenó a las aseguradoras en garantía.
- La apelante cuestionó la insuficiencia de la indemnización, la distribución de responsabilidad, la imposición de costas y los intereses, solicitando mayores montos y actualización. La Cámara, tras analizar los agravios, confirmó la responsabilidad y elevó los montos indemnizatorios a $1.800.000 por daño físico y $800.000 por daño psíquico, además de imponer costas a los vencidos.
- La fundamentación se basa en la valoración de la prueba pericial médica, que determinó una incapacidad física del 11% y un cuadro depresivo con un 20% de incapacidad psíquica, así como en la casuística del caso, la actualización de intereses a tasa del 6% y la aplicación del principio de solidaridad en la responsabilidad.
- La decisión también ajustó la tasa de intereses conforme a la doctrina legal vigente, aplicando la tasa pasiva más alta del Banco Provincia desde el hecho hasta el pago efectivo.
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