Logo

COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FIDEICOMISO DE RECUPERACIÓN CREDITIC C/ BOYE GUSTAVO OSVALDO Y OTROS S/ EJECUCION HIPOTECARIA

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Familia confirmó la sentencia de primera instancia que dictó una ejecución hipotecaria por $66.524,01, y sostuvo la validez de la fijación de intereses y conversión monetaria conforme a la doctrina de la SCBA sobre el esfuerzo compartido y las normas de emergencia económica. La sentencia fue considerada justa y adecuada en sus fundamentos jurídicos.

Tasa de interes Costas Ejecucion hipotecaria Actualizacion Esfuerzo compartido Normas de emergencia economica Conversion monetaria Ley 14.967 Doctrina scba Interes del 7 5%


- Quién demanda: El Comité de Administración del Fideicomiso de Recuperación Creditic.

¿A quién se demanda?

Gustavo Osvaldo Boye y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución hipotecaria por la suma de $66.524,01, con intereses, actualización y conversión a dólares, además de costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, considerando ajustada la valoración del monto, la tasa de interés del 7,5% anual, y la conversión del dinero en pesos a dólares con la paridad uno a uno más el 50% de la brecha, en línea con la doctrina de la SCBA sobre el esfuerzo compartido y las normas de emergencia económica.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El tribunal consideró que la resolución en crisis resulta inapelable por no haberse evacuado el traslado en tiempo y forma, en línea con el artículo 150 del Código Procesal. Respecto a la conversión monetaria, se aplicó la doctrina de la SCBA en las causas C 94.032 y C 93.176, que avala la proporcionalidad y el esfuerzo compartido, por lo que se fijó la deuda en pesos al tipo de cambio uno a uno, más el 50% de la brecha. Sobre los intereses, se confirmó la tasa del 7,5% anual no capitalizable, desde la mora hasta el pago, conforme a la jurisprudencia de la SCBA." “Las costas de alzada se imponen al ejecutado y la regulación de honorarios se difiere para su oportunidad.” "El acuerdo concluye que la sentencia resulta íntegramente justa y debe ser confirmada en todos sus términos."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar