AVILA RUBEN ALFREDO C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO- ACCION ESPECIAL
La sentencia reconoce la responsabilidad del Estado provincial por las secuelas de COVID-19 como accidente de trabajo y establece una indemnización de $13.923.253, considerando la relación causal, las secuelas respiratorias y la normativa vigente, además de declarar la inconstitucionalidad sobreviniente de leyes que afectan la reparación laboral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Ruben Alfredo Avila, demanda al Fisco de la Provincia de Buenos Aires por las secuelas de COVID-19 adquiridas en el marco laboral, reclamando una indemnización que refleje las consecuencias del contagio y las secuelas respiratorias. La demandada reconoce la denuncia del siniestro y la atención médica brindada, pero niega la existencia de incapacidad. El tribunal, tras analizar la prueba pericial y normativa aplicable, concluye que la enfermedad fue adquirida en contexto laboral, no inicialmente listada, pero con secuelas verificadas y causalidad suficiente. La sentencia destaca que el virus COVID-19, en su fase inicial, no estaba listado como enfermedad profesional, pero la ley y decretos específicos establecen la presunción de carácter laboral en estos casos, con la comisión médica central encargada de determinar la relación causal definitiva. La pericia médica establece una incapacidad del 13,75%, y se calcula una indemnización de $653.787, ajustada a la realidad del caso y parámetros de actualización salarial. La sentencia también declara la inconstitucionalidad sobreviniente de las leyes 23928 y 25561, y aplica la fórmula legal con actualización por RIPTE, considerando la desproporción en la capacidad económica de las partes y el carácter alimentario del crédito. Se condena a la provincia a pagar la suma de $13.923.253 en un plazo de 10 días, con intereses activos del Banco de la Nación Argentina desde la sentencia hasta el pago efectivo. Las costas se imponen a la demandada. La decisión refleja un enfoque humanista y social de la justicia, buscando reparar integralmente los daños laborales y sociales del actor, en línea con principios constitucionales, doctrinas de justicia social y derechos humanos.
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