SILVEYRA CARLOS FACUNDO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El Tribunal del Trabajo nº 4 de Lomas de Zamora se inhibe de entender en el trámite de la causa por competencia territorial, en virtud del art. 3 y 36 de la ley 15.057, tras analizar la normativa vigente y la jurisprudencia de la SCBA en materia de competencia en procesos por accidentes de trabajo y revisión de resoluciones médicas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa versa sobre una demanda de Rodrigo Zarecho contra Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., relacionada con una acción de revisión de resolución de la comisión médica 010 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un accidente laboral ocurrido el 25/11/2021. El tribunal analiza la competencia territorial conforme a las leyes 27.348 y 15.057 y la jurisprudencia de la SCBA, concluyendo que, debido a la naturaleza de la decisión administrativa y la ubicación de la comisión médica, la competencia corresponde a los tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde intervino la comisión médica. Además, el tribunal invoca la doctrina jurisprudencial que establece que la decisión de la comisión médica puede ser recurrida en los tribunales con asiento en la jurisdicción donde se sitúa dicha comisión, y que la competencia territorial de la justicia del trabajo en estos casos es improrrogable. En virtud de ello, el tribunal se inhibe de continuar con las actuaciones y ordena el archivo del expediente conforme a los arts. 3 y 36 de la ley 15.057, argumentando que la competencia no corresponde a este tribunal de Lomas de Zamora.
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