VAZQUEZ SACII C/ SILVA ESTELA ISABEL S/ CONSIGNACION
Declaración de caducidad de instancia en proceso laboral por incumplimiento de plazos y diligencias procesales. La Cámara confirma la resolución que declara la caducidad, fundamentando que se cumplieron los requisitos legales y doctrinales para ello.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, VAZQUEZ SACII, promovió una acción en el expediente Nº 49869 contra SILVA ESTELA ISABEL, en el contexto de una consignación. La Cámara de Lomas de Zamora, tras analizar el cumplimiento del plazo establecido en la ley 15.057, confirmó la declaración de caducidad de instancia por parte del tribunal de primera instancia, argumentando que la intimación previa y el transcurso de los plazos sin actividad procesal justificaron la resolución. La jueza Larequi explicó que "los plazos previstos por el art. 11 segundo párrafo de la ley 15.057, han transcurrido holgadamente en la causa, con posterioridad a la última actuación útil formulada en fecha 04/10/2024", y que "la SCBA ha convalidado la aplicación del instituto de la caducidad de instancia, supeditado al cumplimiento de ciertos requisitos de cumplimiento insoslayable por los Tribunales de Trabajo". Los votos de Budnik y Saccardo adhieren a estos fundamentos. La decisión se basa en que "todo ello hace aplicable al caso, el instituto de la caducidad de instancia establecido por el art. 11 segundo párrafo de la ley 15.057", y en que "la intimación previa a las partes para que produzcan actos útiles para la prosecución del proceso, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se procederá a decretar la caducidad de instancia." La resolución final declara la caducidad y ordena el archivo de las actuaciones.
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