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SALURSSO CRISTIAN DAMIAN C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

La sentencia de primera instancia condenó a la aseguradora a abonar una indemnización de $23.651.722,33 por accidente de trabajo, tras declarar la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 25.561 y del decreto 669/2019, y aplicar un mecanismo de actualización del crédito que preserva su incolumidad.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue presentada por Cristian Damián Salurssso contra Galeno ART S.A. solicitando la indemnización prevista por accidente de trabajo ocurrido el 24/1/2022, que le produjo incapacidad parcial y permanente del 15,37% y daños psicológicos. La actora argumenta que el accidente lo dejó con secuelas y daños psico-físicos que justifican la prestación. La demandada negó la relación causal y sostuvo que brindó las prestaciones correspondientes, además de oponer la excepción de incompetencia respecto del daño psicológico. La sentencia reconoció la existencia del accidente laboral, la relación causal y la incapacidad del 15,37%, y condenó a la aseguradora a pagar la suma de $23.651.722,33, calculada en base a la actualización del crédito conforme a la variación del índice RIPTE, desechando la constitucionalidad del art. 4 de la ley 25.561 y del decreto 669/2019. La sentencia también declaró la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 25.561 y del decreto 669/2019 y su inaplicabilidad, y consideró procedente la aplicación de intereses capitalizados del 3% anual y un interés moratorio basado en la tasa activa del Banco de la Nación Argentina. Fundamentos principales: El tribunal fundamentó que la ley 25.561, en su art. 4, que prohíbe la indexación, vulnera derechos constitucionales en un contexto inflacionario y que, en virtud de la doctrina legal de la SCBA en la causa "Barrios", la inconstitucionalidad sobrevenida de dicha norma justifica su inaplicabilidad en el presente caso. También consideró que el DNU 669/2019, por exceder los límites constitucionales y carecer de justificación suficiente, resulta inconstitucional y debe ser declarado inaplicable, en línea con fallos de la CSJN y la SCBA. En cuanto a la actualización del crédito indemnizatorio, propuso un mecanismo que utilice la variación del índice RIPTE, multiplicando el valor base por un coeficiente de 13,30, para garantizar la incolumidad del crédito sin vulnerar principios constitucionales. La suma definitiva se calculó considerando la incapacidad del 15,37%, los salarios y la edad del actor, alcanzando la suma de $23.651.722,33.

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