OLIVERA MARIA ROSA CAROLINA C/ BONATERRA MARIA VERONICA Y OTRO/A S/ DESPIDO
El tribunal declaró la caducidad de la instancia por inactividad de la parte actora, fundamentando que la demora no atribuible al tribunal y que la inacción fue por desinterés de la parte, imponiendo las costas a la demandante debido a la forma en que se resolvió la cuestión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La acción de la señora OLIVERA MARIA ROSA CAROLINA contra MARIA VERONICA BONATERRA y otros por despido fue declarada extinguida por caducidad de la instancia debido a la inacción de la parte actora, que no impulsó el trámite en los plazos establecidos. La intimación realizada el 7/11/2023 y la presentación del escrito de la actora el 20/11/2023 no impidieron que la causa fuera considerada como caducada, dado que la inacción fue imputable a la parte y no al tribunal. La renuncia del patrocinante también fue considerada, pero no modificó la situación. La decisión se fundamenta en los artículos 11, 12 y 89 de la ley 15.057, y en la jurisprudencia que señala que la inactividad no imputable al tribunal no impide la caducidad. Se impusieron las costas a la parte actora por la forma en que se resolvió la cuestión.
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