ELIZONDO CARLOS MARCELO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La sentencia condenó a la ART Provincia a abonar una indemnización por enfermedad profesional y discapacidad. La Cámara confirmó la cuantía y fundamentó la constitucionalidad del DNU 669/19 y la aplicación del RIPTE para actualización.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La demanda fue promovida por Carlos Marcelo Elizondo contra la ART Provincia por enfermedad profesional y daños derivados del accidente laboral ocurrido el 01/03/2020.
- El tribunal consideró probado que el actor sufrió una incapacidad física del 11,21% y psíquica del 3%, totalizando una incapacidad laboral del 14,21%.
- Se acreditó que la contingencia laboral fue denunciada en tiempo y forma, y que la Comisión Médica jurisdiccional notificó la incapacidad el 21/07/2022.
- La pericia médica concluyó que la incapacidad física era del 11,21% y la psíquica del 3%, sumando un 14,21%. La pericia psicológica no fue considerada convincente para elevar la incapacidad psíquica.
- Se determinó el ingreso base mensual de $94.402, resultando en una indemnización total de $36.802.188, ajustada por RIPTE y con intereses del 3% anual.
- La sentencia rechazó la excepción de prescripción, declaró la constitucionalidad del DNU 669/19 como norma delegada, y condenó a la ART al pago total.
- Se impusieron costas a la demandada y se reguló honorarios profesionales y periciales.
- Se dispuso el depósito del monto en sede judicial y la comunicación a las partes.
- La resolución fue votada por mayoría, con los fundamentos expuestos por el Dr. Tula, y ratificados por los otros jueces.
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