RICCI VERONICA BEATRIZ C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia regula los honorarios de la profesional en sede judicial y administrativa por actuación en un procedimiento de regulación de honorarios en trámite ante la Comisión Médica Jurisdiccional, confirmando la suma regulada y ordenando el pago a la actora con costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Dra. Ricci Veronica Beatriz promovió demanda por honorarios profesionales por su actuación en representación de la señora Benitez Laura Marcela en un procedimiento administrativo ante la Comisión Médica Jurisdiccional de Pilar, en cumplimiento del art. 1 de la ley 27.348. La resolución administrativa del 21.11.2024 aprobó el procedimiento y concluyó que la señora Benitez no posee incapacidad, tras lo cual se notificó a la aseguradora, Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., que rechazó el planteo. La sentencia destaca que los honorarios de la profesional deben ser regulados conforme a la ley arancelaria local 14.697 y la normativa de la provincia, considerando que la actuación del letrado fue oficiosa, necesaria y vinculada a la defensa de derechos del trabajador. Se resalta que la ley establece que los honorarios son a cargo de la aseguradora, independientemente del resultado del procedimiento. La decisión del tribunal fue regular los honorarios en 4 JUS por instancia administrativa y 7 JUS por sede judicial, con sus correspondientes sumas en pesos, más aportes de ley y IVA si corresponde, imponiendo costas a la demandada. La sentencia confirma que la actividad profesional fue oficiosa y necesaria, y que los honorarios deben ser abonados por la aseguradora, por lo que se ordena su pago en los términos previstos.
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