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ORTIZ HUGO ARMANDO C/ EXPERTA ART S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Homologación de acuerdo en juicio por accidente de trabajo, con imposición de costas a la parte demandada y regulación de honorarios profesionales. La Cámara homologó el acuerdo y rechazó la eximición de tasa de justicia, estableciendo pagos y condiciones para la transferencia de fondos y comunicación de datos.

Costas Accidente de trabajo Honorarios profesionales Tasa de justicia Transferencia bancaria Procedimiento laboral Homologacion acuerdo Ley 8904 Ley 15.057 Comunicacion de datos

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor Hugo Armando Ortiz demanda a la aseguradora EXPERTA ART S.A en un expediente por accidente de trabajo. La sentencia homologó un acuerdo transaccional presentado por las partes, considerando que cumple con los requisitos legales y constituye una justa composición de derechos e intereses. La Cámara dispuso homologar el acuerdo, regulando honorarios profesionales, costas a la parte demandada, tasas de justicia, y estableció procedimientos para la transferencia de fondos, comunicación de datos y cumplimiento de obligaciones relacionadas con las prestaciones dinerarias y honorarios. La decisión se fundamenta en que el acuerdo es válido y se ajusta a la ley, y que la homologación resulta procedente para dar cierre a la controversia. El tribunal resolvió que "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones." Además, sostuvo que "corresponde homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte demandada." La homologación se realiza con costas a la parte demandada y se establecen las condiciones para el pago de honorarios, tasas y transferencia de fondos, incluyendo las formalidades y comunicaciones necesarias para garantizar la correcta ejecución del acuerdo. Se desestimó el pedido de eximición del pago de tasa retributiva del servicio de justicia, y se fijaron montos y condiciones para los honorarios profesionales y periciales, así como para las transferencias y comunicación de datos bancarios, en línea con las normativas aplicables. La resolución también instruye sobre las obligaciones de las partes respecto de la acreditación de transferencias y la denuncia de datos personales, en cumplimiento de las leyes de procedimiento y de protección de datos.

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