PELEGRINA TITO PERCY C/BUENAVENTURA JORGE S/ DESPIDO
La Cámara de Trabajo de Lomas de Zamora declaró la perención del proceso por inactividad de la parte actora en el expediente de despido y confirmó la imposición de costas a la demandante, rechazando la continuidad del trámite por caducidad de la instancia y fundamentando en la conducta procesal de la parte.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte demandante, PELEGRINA TITO PERCY, promovió una demanda contra BUENAVENTURA JORGE por indemnización por despido, reclamando la suma de $27.767,80. La sentencia de primera instancia declaró la perención de la instancia por inactividad de la demandante desde el 9/10/2024, tras una intimación previa y un apercibimiento, en virtud de que la parte no realizó actividad útil en el proceso. La Cámara de trabajo consideró que la inactividad de la actora obstaculizaba el impulso procesal del tribunal, y que, conforme a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, debía hacerse efectiva la caducidad de la instancia con costas a la parte actora. La sentencia afirmó que la actora no había realizado actividad útil desde la última presentación, y que la providencia de fs. 310 fue debidamente notificada. En el análisis, se enfatizó que la inactividad procesal, si no se corrige tras una intimación previa, con apercibimiento, justifica la declaración de perención, conforme a los arts. 11 y 12 de la ley 15.057, y se aplicó la jurisprudencia del Tribunal Superior en la causa "Olivieri, Alejandro Alfredo contra Don Yeyo SA". La Cámara resolvió hacer efectivo el apercibimiento, declarar la perención de la instancia y condenar en costas a la actora.
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