OJUEZ RAMON C/ COOPERATIVA AGROPECUARIA DR.IGNACIO PIROVANO Y OTRO/A S/DESPIDO
La Cámara de Primera Instancia en lo Laboral de la Provincia de Buenos Aires resolvió que la demanda laboral por despido y sus rubros conexos es procedente y que la relación se encontraba a la finalización del vínculo de manera deficiente en su registración, configurando despido indirecto por incumplimientos del empleador. La sentencia ordena el pago de indemnizaciones y costas, con actualización e intereses según doctrina legal vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, RAMON OJUEZ, demanda por despido indirecto a la COOPERATIVA AGROPECUARIA Dr. IGNACIO PIROVANO LTDA y al Sr. JORGE LUIS CALVO, reclamando una suma total de $357.419,98 por incumplimientos en el registro de su relación laboral, diferencias salariales, vacaciones no gozadas y otros conceptos. El tribunal establece que la relación laboral inició el 1 de octubre de 1976, y que desde 2000 la relación no fue correctamente registrada, con pagos parciales y omisiones en aportes previsionales. La relación finalizó por despido indirecto en junio de 2009, por incumplimientos del empleador, y se acreditó que la terminación fue justificada. La sentencia reconoce la procedencia de las indemnizaciones por antigüedad, preaviso, SAC, vacaciones proporcionales, y otros rubros, con cálculos actualizados mediante índices oficiales y tasas de interés, incluyendo la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 14.399. La decisión también confirma la rebeldía de la cooperativa y la validez de las pruebas rendidas. La condena total asciende a aproximadamente $2.312.697,64, en concepto de capital y actualización.
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