CACERES OSBALDO FERMIN C/ HOSPITAL INTERZONAL GRAL. DE AGUDOS PROF. DR. LUIS GÜEMES Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. ESTADO (USO AUTOM.C/LES. O MUERTE)
La sentencia condenó a la Provincia de Buenos Aires a indemnizar los daños por mala praxis y negligencia en la atención médica y en la seguridad durante la internación del actor. La Cámara confirmó la responsabilidad y la cuantificación de las sumas resarcitorias, justificando la decisión en la prueba pericial y testimonial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Osbaldo Fermín Cáceres, demanda a la Provincia de Buenos Aires por daños derivados de mala praxis y negligencia en la atención en el Hospital Güemes, que habría provocado lesiones físicas, psíquicas y morales tras una caída y complicaciones postoperatorias. La sentencia de primera instancia, confirmada en apelación, establece responsabilidad objetiva del Estado por fallas en la atención y condiciones edilicias del hospital. La prueba pericial médica y psicológica acredita la existencia de lesiones y secuelas que afectan al actor, incluyendo incapacidad física del 51,77%, daño psicológico del 20%, y daño moral, además de la necesidad de tratamiento psicológico. La responsabilidad del Estado se funda en la falta de prevención y la deficiente atención durante el internado. La condena incluye el pago de indemnizaciones por daños físicos, psíquicos y morales, intereses y costas. La fundamentación se apoya en la responsabilidad objetiva del Estado en la prestación de servicios de salud y en la obligación de garantizar la seguridad del paciente, además del análisis probatorio y jurisprudencial.
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