FERREYRA GISELA NOEMI C/ LA PRIMERA DE GRAND BOURG S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia condena a la empresa de transporte y a la aseguradora por daños derivados de un accidente ocurrido en 2020. La Cámara confirma la responsabilidad y fija una indemnización de $6.080.000 por daños físicos, morales y gastos, considerando la responsabilidad objetiva en el transporte de pasajeros.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Gisela Noemi Ferreyra, demanda por daños y perjuicios tras caer del colectivo interno 238 de la Línea 440, ocurrido el 24/11/2020, en José C. Paz.
- La demandada, LA PRIMERA DE GRAND BOURG, y su aseguradora, PROTECCIÓN MUTUAL DE SEGUROS DEL TRANSPORTE PÚBLICO, niegan responsabilidad alegando culpa exclusiva de la víctima.
- La sentencia analiza las pruebas testimoniales y periciales, concluyendo que la caída fue causada por la conducta del conductor, quien inició la marcha apresuradamente, incumpliendo su deber de seguridad.
- Se establece que la responsabilidad del transportador es objetiva, conforme a la normativa del CCyCN y jurisprudencia, y que no se probó causal eximente.
- Se condena a la demandada a pagar $6.080.000 por daños físicos, morales, gastos y otros conceptos, con intereses desde el 24/11/2020. La aseguradora debe responder en los mismos términos.
- Se imponen costas a la parte vencida y se regula la ejecución de los montos y los intereses, conforme a la normativa vigente.
- La sentencia confirma la responsabilidad del transporte por incumplimiento del deber de seguridad, y la condena incluye la extensión a la aseguradora en los límites de cobertura.
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