CIAMBERLANI MIGUEL ANGEL S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara la sucesión ab intestato de Miguel Ángel Ciamberlani a favor de sus hijos y esposa, confirmando la inexistencia de testamento y juicio previo, y estableciendo la legitimidad de los herederos en relación a los bienes propios del causante. La decisión se fundamenta en la documentación probatoria y la normativa aplicable del Código Civil y Comercial de la Nación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia fue dictada en un proceso de declaración de herederos ab intestato iniciado tras el fallecimiento de Miguel Ángel Ciamberlani, ocurrido el 12 de abril de 2025 en Bahía Blanca. La parte actora solicitó la declaración de herederos, la cual fue fundamentada en la documentación que acredita el fallecimiento, la existencia de un matrimonio en primeras nupcias con Lidia Angela Krupek, y la filiación de tres hijos: Gastón, Sabrina y Fiorella Ciamberlani Krupek. Además, se verificó la inexistencia de testamento o juicio sucesorio previo, mediante certificados del Registro de Testamentos y de Juicios Universales. La sentencia dispuso que los herederos del causante, en carácter de herederos legítimos, son sus hijos y su esposa, en relación a los bienes propios, sin afectar los derechos sobre bienes gananciales. La resolución se fundamenta en los arts. 2.424, 2.426, 2.433 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación, y el art. 735 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. La intervención fiscal fue cesada, y se ordenó la notificación y registro correspondiente.
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