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AGUIAR FERNANDO S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

La sentencia revisa y mantiene la restricción de capacidad de Fernando Aguiar debido a su discapacidad intelectual grave, confirmando la adecuación del dispositivo asistencial y la designación de apoyos familiares. La resolución ordena la actualización del estado del incapaz y el cumplimiento de formalidades legales para proteger sus derechos.

Restriccion de capacidad Autonomia personal Evaluacion interdisciplinaria Revision de incapacidad Discapacidad intelectual grave Apoyos familiares Art. 32 y 40 del cc y c. Tutela y curatela Medida judicial protectora Incapacidad y proteccion juridica

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor demanda la revisión de la sentencia de incapacidad por demencia dictada en 1985, actualizada en 2019, y su modificación por cambios en la condición del causante. La sentencia actual, dictada en 2023, concluye que Fernando Aguiar presenta discapacidad intelectual grave, epilepsia y un pronóstico crónico e irreversible, que le impiden ejercer su capacidad plena. Los informes interdisciplinarios y la audiencia personal avalan que el causante requiere asistencia y supervisión para actividades cotidianas, manejo de bienes y decisiones médicas, sin que exista necesidad de una incapacidad total. La resolución revisa y limita la capacidad del causante, designando como apoyos a sus hermanos Martín Roberto y Federico Aguiar. La decisión se fundamenta en el informe pericial, los antecedentes y el cumplimiento de los requisitos legales, ajustándose a los arts. 32, 37, 38, 40, 43 del CC y C., garantizando la menor afectación posible a su autonomía personal y asegurando protección jurídica adecuada.

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