AGUIAR FERNANDO S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
La sentencia revisa y mantiene la restricción de capacidad de Fernando Aguiar debido a su discapacidad intelectual grave, confirmando la adecuación del dispositivo asistencial y la designación de apoyos familiares. La resolución ordena la actualización del estado del incapaz y el cumplimiento de formalidades legales para proteger sus derechos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor demanda la revisión de la sentencia de incapacidad por demencia dictada en 1985, actualizada en 2019, y su modificación por cambios en la condición del causante. La sentencia actual, dictada en 2023, concluye que Fernando Aguiar presenta discapacidad intelectual grave, epilepsia y un pronóstico crónico e irreversible, que le impiden ejercer su capacidad plena. Los informes interdisciplinarios y la audiencia personal avalan que el causante requiere asistencia y supervisión para actividades cotidianas, manejo de bienes y decisiones médicas, sin que exista necesidad de una incapacidad total. La resolución revisa y limita la capacidad del causante, designando como apoyos a sus hermanos Martín Roberto y Federico Aguiar. La decisión se fundamenta en el informe pericial, los antecedentes y el cumplimiento de los requisitos legales, ajustándose a los arts. 32, 37, 38, 40, 43 del CC y C., garantizando la menor afectación posible a su autonomía personal y asegurando protección jurídica adecuada.
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