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CAPPIO CLAUDIO RUBEN Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO

Sentencia que declara la sucesión por fallecimiento de los causantes, reconociendo a sus hijos como herederos universales. La decisión se fundamenta en la documentación probatoria y en la normativa del Código Civil y Comercial de la Nación.

Fallecimiento Herencia Sucesion ab intestato Declaracion de herederos Procedimiento judicial. Edictos Herederos universales 2424 2426 2337 Certificados de defuncion Articulos 735 y 737 del cpcc 2340 Articulos 95 2433 del ccycn

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia fue dictada en un proceso de sucesión ab intestato en el que se acredita el fallecimiento de ETHEL DIANA LUJAN CHEVALLEY y CLAUDIO RUBEN CAPPIO, ocurridos ambos el 15/06/2025. Los causantes contrajeron matrimonio el 30/09/1983 y tuvieron dos hijos, Cintia Lujan Cappio y Cristian Andrés Cappio. La documentación presentada, incluyendo certificados de defunción y edictos publicados, permite configurar la apertura de la sucesión y la identificación de los herederos. El tribunal, tras analizar la normativa aplicable, declara en cuanto hubiere lugar que los herederos universales son sus hijos, en línea con los artículos del CCyCN y el CPCC. La resolución señala: "se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de CHEVALLEY ETHEL DIANA LUJAN y CAPPIO CLAUDIO RUBEN le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: CINTIA LUJAN CAPPIO y CRISTIAN ANDRÉS CAPPIO." Se ordena el cese de la intervención del Ministerio Fiscal y el registro correspondiente.

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