FANTIN RODOLFO AGUSTIN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de grado y confirma en lo demás, declarando la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por la Ley 27.609 para remuneraciones anteriores a 2009, y regula los honorarios y costas a favor de la parte actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Rodolfo Agustín Fantin, demanda en relación a reajustes de beneficios previsionales y cuestiona aspectos metodológicos, constitucionales y de actualización de las remuneraciones, incluyendo la inconstitucionalidad de diversas leyes y artículos, así como la aplicación de precedentes judiciales. El tribunal, tras analizar los agravios, revoca parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto a la metodología de actualización de remuneraciones anteriores a marzo de 2009, declarando su inconstitucionalidad y ordenando la utilización del índice ISBIC dispuesto por la Corte Suprema en los precedentes “Elliff” y “Blanco”. También difiere el tratamiento del precedente “Villanuster” a la etapa de ejecución, confirma en lo demás la sentencia y regula costas y honorarios. Fundamentos principales: El tribunal considera que la metodología de actualización dispuesta por el art. 4 de la Ley 27.609 para remuneraciones anteriores al 28/2/09 resulta inconstitucional en virtud de lo resuelto en los precedentes “Elliff” y “Blanco”, por lo que se debe aplicar el índice ISBIC del Alto Tribunal. La sentencia también enfatiza la protección constitucional del carácter integral de los beneficios de la seguridad social, y la necesidad de mantener una relación justa en la fijación del monto inicial de los haberes, evaluando si la ausencia de incremento resulta confiscatoria. Se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en caso de que la aplicación de topes genere una quita superior al 15%. Además, se rechazan los agravios respecto a la aplicación de la doctrina “Villanustre” en etapa de ejecución, y se confirma la sentencia en los aspectos que no fueron modificados. La decisión también regula intereses, costas y honorarios, y difiere el tratamiento de ciertos precedentes a la etapa de ejecución.
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