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MAIDANA, LUIS ALBERTO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión de la Comisión Médica Central que consideró acreditada la incapacidad laboral del actor, en base a un informe médico forense que determinó una incapacidad del 21,03%. La resolución sostiene que el informe es válido y determinante de la verdad jurídica objetiva, y que la cantidad de incapacidad cumple con los requisitos legales para acceder al beneficio reclamado.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Luis Alberto Maidana interpuso recurso de apelación contra la resolución de la Comisión Médica Central, que consideró no acreditado el requisito de invalidez necesario para acceder al beneficio de retiro por invalidez. La Comisión Médica produjo un informe el 27.5.25, concluyendo que la incapacidad laborativa del actor es del 21,03%. La Cámara valoró la validez del informe médico, destacando su fundamentación y la seriedad del organismo emisor, y afirmó que no fue desvirtuado por las partes tras el traslado. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respalda esta valoración, en particular la sentencia del 26.12.17 en el expediente “SOSA c/ ANSES s/ RETIRO POR INVALIDEZ (ARTICULO 49 P4 LEY 24241)”. Por ello, el tribunal resolvió: 1) declarar formalmente admisible el recurso de apelación; y 2) confirmar la resolución de la Comisión Médica Central. Las costas se imponen por su orden.

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